En Sant Cugat del Vallès hay dos canales distintos según el tipo de problema, y elegir bien importa: si mandas una incidencia de calle por el trámite de reclamaciones, el Ayuntamiento no la gestionará por esa vía [1]. Te explicamos cuál usar, cómo hacerlo paso a paso y dónde pedir ayuda.
¿Incidencia o reclamación?
Incidencia en la vía pública: un problema localizable en un punto concreto de calles, parques o zonas verdes: limpieza viaria, contenedores, alcantarillado, alumbrado público, aceras y calzadas [1]. → Canal: formulario de incidencias (incidencies.santcugat.cat).
Reclamación, sugerencia, consulta o agradecimiento: sobre servicios, actuaciones o decisiones municipales que no son un punto concreto de la calle (el horario de un equipamiento, el funcionamiento de un servicio, una propuesta de mejora) [1]. → Canal: trámite de la Sede electrónica "Reclamacions, suggeriments, consultes i agraïments" [1][2].
Algunos temas tienen trámite propio: reclamaciones de consumo (OMIC), responsabilidad patrimonial, alegaciones o recursos a multas de circulación, y reclamaciones de la tasa de residuos, que van al Organismo de Recaudación y Gestión Tributaria (ORGT) [1].
Canal 1: incidencias en la vía pública
- Entra en incidencies.santcugat.cat [3].
- Sitúa el problema en el mapa. Si no es un punto concreto, usa la opción de "comunicación genérica" [3].
- Escribe las observaciones: máximo 300 caracteres. Qué pasa, dónde exactamente y desde cuándo [3].
- Adjunta una foto o documento si quieres (jpg, jpeg, gif, pdf, doc, docx, xls, bmp, txt; máximo 3 MB) [3].
- Deja tu correo electrónico: las notificaciones solo se envían por email [3].
- Guarda la referencia para consultar el estado en la misma web.
Estados: la petición ciudadana puede estar Inicial, Desestimada o Agrupada; los comunicados del Ayuntamiento, Pendiente, Pendiente empresa, Programada, Gestionada, Gestionada empresa o Cerrada [3]. Si tienes dudas sobre el estado de tu comunicado, consúltalo con la referencia o llama al 010.
Canal 2: reclamaciones, sugerencias, consultas y agradecimientos
- Accede al trámite en la Sede electrónica [1].
- Explica la situación y qué pides. Puedes adjuntar documentos y fotos [1].
- Es gratuito y se puede presentar en cualquier momento [1].
También puedes hacerlo presencialmente en las Oficinas de Atención Ciudadana (OAC), con o sin cita previa [4]:
- OAC Plaça de la Vila, 1 (08172) — 010 / 900 104 941
- OAC Mira-sol, c. de Mallorca, 42 — 935 892 018
- OAC La Floresta, c. de Pearson, 36 — 935 893 020
- OAC Les Planes, pl. de la Creu d'en Blau, 7 — 935 836 435
Cita previa: en el 010 (o 900 104 941 desde el móvil o fuera del municipio) o en citaprevia.gestorn.com/santcugat [4].
¿Cuánto tardan en responder?
La ficha del trámite no publica un plazo específico de respuesta para reclamaciones y sugerencias ni para incidencias en la vía pública [1][3], así que apunta la fecha de envío y la referencia. La síndica de greuges de Sant Cugat ha advertido que a menudo se supera el plazo legal de tres meses para resolver y notificar las peticiones de la ciudadanía [7]; es el plazo máximo general de los procedimientos administrativos cuando ninguna norma fija otro (Ley 39/2015, art. 21.3) [8].
El Ayuntamiento publica memorias sobre la gestión de reclamaciones, sugerencias, consultas y agradecimientos [2].
Si no te responden
- Consulta el estado con la referencia o desde la Sede electrónica.
- Llama al 010 y pregunta por tu expediente.
- Vuelve a presentarlo citando fecha y referencia anteriores.
- Si reclamaste al Ayuntamiento y no obtuviste respuesta o crees que se han vulnerado tus derechos, puedes acudir a la Sindicatura de Greuges de Sant Cugat (c. de Francesc Moragas, 30; tel. 935 657 010). Es gratuita y no hace falta abogado ni procurador; no admite quejas anónimas ni puede intervenir si no se ha iniciado la vía administrativa [5]. También al Síndic de Greuges de Catalunya (900 124 124, gratuito) [6].
- Suma a vecinos y vecinas. Cuando un problema afecta a mucha gente, tiene que verse.
Hazlo con Xibarri
Ni el formulario de incidencias ni el trámite de reclamaciones te dejan ver qué han comunicado otras personas de Sant Cugat ni cuánto tarda el Ayuntamiento en responder.
Xibarri es una plataforma gratuita donde el vecindario publica quejas, propuestas y agradecimientos, los apoya y sigue la respuesta. Xibarri los envía por el canal oficial que corresponde y registra la respuesta: qué se envió, cuándo, qué respondieron y cuánto tardaron.
Preguntas frecuentes
¿Dónde aviso de una farola rota o un contenedor lleno en Sant Cugat? En el formulario de incidencias en la vía pública (incidencies.santcugat.cat), no en el trámite de reclamaciones.
¿Cómo pongo una queja sobre un servicio municipal? Con el trámite de reclamaciones, sugerencias, consultas y agradecimientos de la Sede electrónica, o en una OAC.
¿Qué teléfono tiene el Ayuntamiento de Sant Cugat? El 010 (gratuito), o el 900 104 941 desde el móvil o fuera del municipio.
¿Puedo enviarlo por correo postal? Las solicitudes se pueden presentar en oficinas de Correos indicando el código de destino L01082055 [4].
Fuentes
- Sede electrónica de Sant Cugat: "Reclamacions, suggeriments, consultes i agraïments". https://seu.santcugat.cat/seu/ProcedimientoTabs.aspx?idnct=1768&idProc=180&tab=1&x=msla8nFlrRM64OQ%2FH3Kxuw
- Portal de transparencia de Sant Cugat: "Sugerencias, quejas y propuestas". https://seu-e.cat/es/web/santcugatdelvalles/govern-obert-i-transparencia/serveis-i-tramits/tramits/suggeriments-queixes-i-propostes
- Ajuntament de Sant Cugat: formulario de incidencias. https://www.incidencies.santcugat.cat/informar_incidencia.aspx
- Ajuntament de Sant Cugat: Atenció ciutadana. https://www.santcugat.cat/web/atencio-ciutadana
- Sindicatura de Greuges de Sant Cugat. https://sindicsantcugat.cat/sindic
- Síndic de Greuges de Catalunya: "Quiero presentar una queja". https://www.sindic.cat/ca/page.asp?id=65
- Cugat Mèdia: "Les actuacions de la Síndica de Greuges augmenten un 14%". https://www.cugat.cat/noticies/les-actuacions-de-la-sindica-de-greuges-augmenten-un-14/
- Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común, art. 21.3 (BOE). https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565